Hasta tal punto conviene tener tendencia a que en toda iniciativa bloguera esté presente tanto lo propio como lo ajeno que, mientras no se dé una impresión perturbadora o desconcertante, tal doble presencia combinada debiera ser fuente de la máxima autosatisfacción de quien tenga a cargo el proyecto. El hincapié en los contenidos propios debe, en todo caso, ser esencial.
Al conseguir proporcionar contenidos propios mínimamente bien elaborados, lo ajeno no debemos abandonarlo del todo, pues no deja de ser una vía de conexión directa con otros contenidos que nos vinculan con alguien respecto a quien hacer y obtener interactividad. De hecho, pese a que resulte convencional distinguir entre propio y ajeno, a la práctica, y en concreto refiriéndonos a contenidos de toda clase pero más específicamente a los de la blogosfera, lo propio no es que, por lo menos siempre, sea cien por cien propio ni lo ajeno del todo ajeno. Cabe en este sentido que nos preguntemos ¿qué tiene lo propio de ajeno y lo ajeno de propio? En todo contenido propio acostumbra a haber algo de ajeno al mismo autor, aunque sea por el simple hecho de mencionar, en el formato mediático que sea, a otros sujetos, o bien, a objetos que no sean de la propiedad de tal autor. Lo ajeno tampoco es siempre del todo ajeno y sólo por enlazarlo a nuestro blog lo estamos dotando ya de un cierto matiz propio.
La frontera entre lo propio y lo ajeno puede hasta llegar a resultarte difusa en ocasiones y más en este ámbito de tan fácil modificación y adaptación de todo, o de casi todo, como es Internet en su conjunto. Pero además, y a diferencia de lo puramente informático del ámbito no interconectado, a Internet se le suma la facilidad de amplia, libre e inmediata difusión, con lo que en materia de reconocimiento y protección de lo propio no queda, en ciertos casos, más que remitirse a lo que la legislación considere.
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