Reeditar o insertar

Ya que la compartición puede, a su vez, ser propiamente un enlace o una inserción, cabe que se esclarezca, en este sentido, todavía más la diferenciación que, en la blogosfera, entre reeditar y compartir se da. La compartición, por lo común y así formulada, suele entenderse que es el enlace, sea el convencional o la incrustación, así que ¿cuál es la diferencia entre la otra forma de compartición, o sea la inserción, y la reedición?

Tanto reeditar como insertar conlleva que una pieza ajena al blog, se trate de la misma o de diferente autoría, devenga una pieza acogida en tal blog, por lo que hay una reubicación y, por ende, una separación entre lo que podamos considerar la pieza original y la de destino, de manera que si hubiese cualquier alteración en la primera o en la segunda, una no afectaría a la otra. La inserción, sin embargo, sería una copia pura y dura, un duplicado, pero la reedición conlleva alguna clase de cambio dentro, no obstante, de lo que es procurar respetar al máximo la esencia de la pieza original. Cuando de elegir entre reeditar o insertar se trate, el beneplácito de la eventual autoría ajena será fundamental.

Desde la perspectiva de los formatos multimedia, la reubicación de un texto, alfanumérico y directamente redactado en el blog, siempre suele consistir por defecto en una reedición; otra cuestión sería un texto incrustable porque conforma un archivo informático del tipo PDF. En los formatos de imagen, audio y vídeo, lo normal es justo la inserción, salvo que en efecto dispongas de los mayores permisos explícitos para reproducir alguna versión algo distinta de la primera.

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